Descripción del trámite

La inscripción del aumento de capital social es para los casos previstos en el art. 188 de la Ley 19550 (t.o.1984).

Pago de Tasas

Código 840

Normativas

Resolución 546/2005
Resolución 1248/2009
Resolución 735/2009

Canales para realizar tu trámite

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personas-juridicas@mendoza.gov.ar 
Enviar por correo electrónico (escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF):
Formulario de presentación de trámites 
– Copia del acta del órgano de administración que convoca a asamblea con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de su rubricación y fojas del mismo donde obra dicha acta.
– Acreditación de las publicaciones exigidas por la Ley:
– de convocatoria a la asamblea
– de la resolución de la asamblea conforme art. 188 L.S.
– del ofrecimiento por derecho de preferencia previsto en el art. 194 L.S., en caso de corresponder.
– Copia del acta de la asamblea que aprobó el aumento con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de su rubricación y fojas del mismo, donde obra dicha acta.
– Copia de planillas de registro de asistencia a asamblea con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de rubricación y fojas del mismo, donde obran dichas planillas.
– Declaración jurada del Presidente del Directorio manifestando que el legajo de la sociedad obrante en la Dirección de Personas Jurídicas, se encuentra en estado regular, a saber con los balances realizados conforme a las normas técnicas contables vigentes y presentados conforme a lo dispuesto en los términos del art. 67, 2º párrafo de la Ley 19550 (t.o.1984), incluyendo hasta el correspondiente al último ejercicio inmediato anterior al aumento.
– Declaración jurada del Presidente del Directorio en la que conste que las suscripciones anteriores cuyo plazo para la integración se encuentran vencidos, ya sean provenientes de la constitución de la sociedad o de anteriores aumentos de capital, han sido efectivamente integradas.
– Declaraciones Juradas según lo establecido en Resol. 1700/2022 D.P.J.
– Beneficiario Final, Persona Expuesta Políticamente y, de corresponder, Origen y Licitud de Fondos y Bienes.
– Certificación contable de la registración del capital social aumentado con detalle de número y tipo de libro, fecha de rubricación, fs, y demás detalles de los asientos contables relativos al capital aumentado identificando la fecha de los mismos.
– Tasa retributiva de servicios Código 840. Intervenir las tasas retributivas en su ticket original (no fotocopia) escribiendo en letra imprenta legible y con tinta azul el nombre completo de la entidad.