Descripción del trámite

Solicitud ampliación de permiso de contratación en el servicio contratado turístico

Sin Costo

Gratuito

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Canales para realizar tu trámite

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Por correo a mesatransporte@mendoza.gov.ar 
Por inconvenientes con @hotmail.com se recomienda utilizar servidores de correo @gmail.com, @yahoo.com, @yahoo.com.ar u otros
Por consultas de Gestión de cobros y multas: consultasingresos@emop.com.ar
Por consultas al Dpto. de Registro: ssp-registro@mendoza.gov.ar
Delegación Este: ssp-del-este@mendoza.gov.ar
Delegación Centro: ssp-del-centro@mendoza.gov.ar
Delegación Sur: ssp-del-sur@mendoza.gov.ar

-Ingresar y descargar formulario 
-Imprimir, completar modelo de nota PDF y adjuntar documentación solicitada.

-Escanear todo en un solo archivo PDF sin firmas digitales ni bloqueos. La resolución de los mismos no debe ser mayor a los 150dpi para texto y de 300dpi para las imágenes.

1. Certificado de libre deuda del EMOP. Solicitar al Departamento de Gestión de Cobros y Multas en consultasingresos@emop.com.ar y requerir turno para la emisión del Certificado de Libre Deuda de Tasas de Fiscalización y Multas.
2. Nota de solicitud de ampliación o prórroga.
3. Constancia de Cumplimiento Fiscal con plan de pago, se deberá adjuntar el plan de pago efectuado.
4. Contrato para la cual se va a realizar la ampliación del transporte: con firmas certificadas ante escribano público, aclarar el recorrido a efectuar horarios en que se realizará el transporte, tiempo de duración del contrato y nómina de pasajeros. La entidad contratante deberá acreditar la calidad que invoca y la firma ante Escribano Público, quien certificará dicha firma.
5. Certificado extendido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conforme a los arts. 10, 160 inc c), 180 inc e), 182 y cc de la Ley 6080 y DR 867/94 (Resol.919/17). 6. Seguro del vehículo con pago al día: Responsabilidad civil hacia terceros transportados, no transportados y bienes materiales de los terceros por una cobertura NO inferior a $175.000.000, por acontecimiento (hasta 08 asientos y que no exceda el peso de los 3.500 kg) o $260.000.000 (más de 08 asientos y que no exceda los 5000 kg) según corresponda. – (Resol. 505/2023 APN- SSN). Sin límite por kilometraje ni por asiento. Sin Sublímites a la Responsabilidad Civil.
7. Revisión Técnica Obligatoria