Descripción del trámite
Solicitud inscripción contratado turístico
Pago de Tasas
Código 492180
Normativas
Canales para realizar tu trámite

Por correo a mesatransporte@mendoza.gov.ar
Por inconvenientes con @hotmail.com se recomienda utilizar servidores de correo @gmail.com, @yahoo.com, @yahoo.com.ar u otros
Por consultas de Gestión de cobros y multas: consultasingresos@emop.com.ar
Por consultas al Dpto. de Registro: ssp-registro@mendoza.gov.ar
Delegación Este: ssp-del-este@mendoza.gov.ar
Delegación Centro: ssp-del-centro@mendoza.gov.ar
Delegación Sur: ssp-del-sur@mendoza.gov.ar
-Ingresar y descargar formulario
-Imprimir, completar modelo de nota PDF y adjuntar documentación solicitada.
-Escanear todo en un solo archivo PDF sin firmas digitales ni bloqueos. La resolución de los mismos no debe ser mayor a los 150dpi para texto y de 300dpi para las imágenes.
1. Expediente iniciado en el Ministerio de Turismo de la Provincia con la constancia de habilitación definitiva de la EVT y/o Contrato con la EVT.
2. Certificado de libre deuda del EMOP. Solicitar al Departamento de Gestión de Cobros y Multas en consultasingresos@emop.com.ar y requerir turno para la emisión del Certificado de Libre Deuda de Tasas de Fiscalización y Multas.
3. Certificado extendido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, conforme a los arts. 10, 160 inc c), 180 inc e), 182 y cc de la Ley 6080 y DR 867/94 (Resol.919/17)
4. Constancia de inscripción en ATM, en el caso de ser el primer trámite solicitar en Departamento Registro autorización. (Código 492180).
5. Inscripción en AFIP.
6. Título del automotor acreditando el 100% de la titularidad, radicado en la Provincia, con modelo tipo Minibús o Transporte de pasajeros de acuerdo a lo que determine el Registro de Propiedad del Automotor.
7. En el caso de Contrato de Comodato de prestación de vehículo con un tercero u cónyuge, sellado por ATM y certificado por Escribano Público.
8. Constancia de instalación y tarjeta de GNC.
9. Seguro del vehículo con pago al día: Seguro del vehículo con pago al día: Responsabilidad civil hacia terceros transportados, no transportados y bienes materiales de los terceros, por una cobertura NO inferior a $ 175.000.000, por acontecimiento (hasta 08 asientos y que no exceda el peso de los 3.500 kg) o $260.000.000 (más de 08 asientos y que no exceda los 5000 kg) según corresponda. – (Resol. 505/2023 APN-SSN). Sin límite por kilometraje ni por asiento.
10. Licencia Nacional de conducir profesional en vigencia de o los conductores.
11. Contrato Social o Actas Constitutivas y Designación de autoridades e inscripción definitiva en el Registro Público de Comercio, en el caso de sociedades o cooperativas.